Calculadora de IVA
Agregá o discriminá el IVA de un importe con las alícuotas del 21%, 10,5% y 27% (o la que necesites) y estimá cuánto IVA tenés que pagar.
Total con IVA
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El mismo importe con cada alícuota
🔎 Cálculo orientativo (año 2026) con las alícuotas de la Ley 23.349 de IVA (art. 28). Que corresponda el 10,5% o el 27% depende del bien o servicio y, en el caso del 27%, de quién lo recibe. No reemplaza la liquidación ni la declaración jurada mensual de IVA.
Cómo funciona
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Elegí si querés agregar o discriminar el IVA
Agregar es partir del precio neto y sumarle el IVA; discriminar es partir de un precio final con IVA incluido y separar el neto del impuesto.
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Elegí la alícuota y cargá el importe
21%, 10,5%, 27% u otra alícuota que ingreses vos. Debajo de cada opción vas a ver cuándo suele corresponder.
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Mirá el resultado y, si querés, el IVA a pagar
Obtenés el neto, el IVA y el total, una comparación con las tres alícuotas y, con un dato más, el saldo de IVA entre ventas y compras.
¿Cómo funciona el IVA en Argentina?
El Impuesto al Valor Agregado es un impuesto al consumo regulado por la Ley 23.349 (texto ordenado en 1997 y sus modificaciones). Se aplica en cada etapa de la cadena de comercialización sobre el valor agregado, de modo que cada responsable inscripto cobra el IVA de sus ventas y recupera el de sus compras, y quien soporta el costo final es el consumidor. El artículo 28 de la ley fija las alícuotas: 21% como tasa general, 10,5% como tasa reducida para ciertos bienes y servicios y 27% como tasa incrementada para determinados servicios públicos.
Agregar el IVA a un precio neto es multiplicarlo por 1 más la alícuota: con el 21%, un neto de $100.000 pasa a ser $121.000. Discriminar el IVA de un precio final es el camino inverso y es donde más se falla: el neto se obtiene dividiendo el total por 1,21 (en el ejemplo, $121.000 ÷ 1,21 = $100.000) y el IVA es la diferencia, es decir, el 17,36% del total y no el 21%. Restarle el 21% a un precio final da un neto incorrecto, porque el 21% se calcula sobre el neto y no sobre el total.
La alícuota del 27% se aplica a los servicios de gas, electricidad, agua y telecomunicaciones cuando quien los recibe es un responsable inscripto que los utiliza en su actividad; al consumidor final se le aplica el 21%. La alícuota del 10,5% alcanza a ciertos bienes y servicios que la ley enumera, como algunos alimentos, el transporte de pasajeros o la construcción de vivienda, por lo que conviene confirmar en cada caso que el bien o servicio esté comprendido. Para alícuotas especiales, la calculadora permite cargar el porcentaje a mano.
El IVA a pagar de un período surge de comparar el IVA de las ventas (débito fiscal) con el IVA de las compras (crédito fiscal): si el débito es mayor, la diferencia se ingresa a ARCA; si el crédito es mayor, queda un saldo técnico a favor del contribuyente para períodos siguientes. Los responsables inscriptos discriminan el IVA en sus facturas y lo liquidan todos los meses; los monotributistas, en cambio, no liquidan IVA ni lo discriminan en sus facturas y no computan crédito fiscal por sus compras (podés calcular su cuota en la calculadora de Monotributo). El paso opcional de esta calculadora es una estimación simple de ese saldo: no considera percepciones, retenciones ni saldos de períodos anteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cómo agrego el IVA a un precio neto?
Multiplicás el neto por 1 más la alícuota. Con el 21% se multiplica por 1,21 (neto de $100.000 → total de $121.000); con el 10,5%, por 1,105; con el 27%, por 1,27. El IVA es la diferencia entre el total y el neto.
¿Cómo se saca el IVA de un precio que ya lo incluye?
Se divide el precio final por 1 más la alícuota: con el 21% se divide por 1,21 para obtener el neto, y el IVA es la diferencia (el 17,36% del total). No alcanza con restarle el 21% al precio final, porque el 21% se calcula sobre el neto y no sobre el total.
¿Cuándo corresponde la alícuota del 27%?
Se aplica a los servicios de gas, electricidad, agua y telecomunicaciones cuando quien los recibe es un responsable inscripto que los utiliza en su actividad. Al consumidor final se le aplica el 21%.
¿Cuándo corresponde la alícuota del 10,5%?
Es una tasa reducida que alcanza a ciertos bienes y servicios definidos por la ley, como algunos alimentos, el transporte de pasajeros o la construcción de vivienda. Como depende del bien o servicio concreto, conviene confirmar en el artículo 28 de la Ley de IVA y en la normativa específica que esté comprendido antes de aplicarla.
¿Cómo se calcula el IVA a pagar?
Es la diferencia entre el IVA de tus ventas (débito fiscal) y el IVA de tus compras (crédito fiscal). Si el débito supera al crédito, el saldo se ingresa a ARCA; si el crédito es mayor, queda un saldo técnico a favor del contribuyente. La calculadora lo estima con un paso opcional, sin considerar percepciones, retenciones ni saldos anteriores.
¿Los monotributistas tienen que discriminar el IVA?
No. Los monotributistas no liquidan IVA ni lo discriminan en sus facturas, y tampoco pueden computar como crédito fiscal el IVA de sus compras. Si querés saber qué categoría y cuota te corresponde, usá la calculadora de Monotributo.
¿Puedo calcular con una alícuota distinta del 21%, 10,5% o 27%?
Sí. Elegí la opción "Otra" e ingresá el porcentaje que corresponda, por ejemplo una alícuota especial prevista por la ley. La calculadora aplica la misma fórmula.
¿Esta calculadora reemplaza la liquidación de IVA?
No. Es una herramienta orientativa. La liquidación y la declaración jurada mensual de IVA se hacen con tus registros de ventas y compras, y pueden incluir conceptos que acá no se consideran, como percepciones, retenciones o saldos de períodos anteriores.
